CERVERA ERA BORBÓNICA

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LA FIDELIDAD DE CERVERA A FELIPE V

La fidelidad de la comunidad de Cervera a Felipe V fue siempre incontestable, lógica, demostrada por la documentación y diversos historiadores. Ni siquiera un revisionismo provocado por la política independentista actual ha podido desmentir tal verdad. Ni una colección de documentos notariales, que no tienen un relato lógico y estructurado sobre el conflicto, publicados por el doctor Josep María Llovet pueden romper el auténtico relato de dicha fidelidad y su consecuencias. Antes al contrario, la documentación de archivos, las crónicas de la época como la del austracista Jose María Castellví y las indagaciones de eminentes historiadores como el catalán Enric Tello corroboran la alianza del rey Borbón y la ciudad a lo largo de la Guerra de Sucesión.

 

La comunidad cerverina se sintió portadora de unos derechos ya desde que la primera población cristiana se asentó en ese lugar tras su conquista a los musulmanes. Frente al carlà del castillo consiguieron las primeras prerrogativas para toda las personas que habitaran la entonces villa de Cervera. En este contexto, la lucha, la demanda de privilegios, concedidos tanto por el conde como por el rey de la Corona de Aragón, reafirmaron a Cervera como un auténtico islote de jurisdicción real rodeado de tierra de barones. Es interesante destacar el concedido por Alfonso I en 1182, como ha explicado muy certeramente el citado Enric Tello en su libro Visca el Rei i les Calces d’Estopa, el derecho a organizarse en Comunidad, que a su vez exigía a esta comunidad el servicio de host y cavalcada, por delante del carlà. Los vecinos prestaban al rey directamente un servicio que se restaba a un señor feudal. Pero conviene remarcar que este servicio podía ser utilizado por el Común para su propia defensa, ataque incluso, contra enemigos  de cualquier condición. Y lo queremos destacar porque tal privilegio era considerado por sus poseedores como una autonomía defensiva que les facultaba a tomar decisiones más allá de otras autoridades como la Generalitat de Cataluña o incluso el mismo rey. En todo caso fue un derecho usado como argumento en la decisión tomada por la ciudad en su apoyo a la causa borbónica siglos después.

Dichos privilegios, obtenidos por los reyes de la Corona de Aragón y los Austrias posteriormente, fueron numerosos y se encuentran en el Archivo Comarcal de Cervera para su consulta. De todos ellos, los pobladores de estos lugares se sentían muy orgullosos de no pagar el diezmo y de no tener otro señor que el rey. Efectivamente, una vez más, según Enric Tello, de todas las fidelidades posibles, Cervera siempre optó por la del rey acudiendo directamente a este poder porque era la forma de obtener más beneficios para toda la comunidad frente a una Generalitat que la consideraban lejana y ajena en gran medida a los intereses de la población.

Felipe V se convierte en Rey de España en 1700 tras la muerte del último Austria, Carlos II, que en su postrer testamento dejaba el reino a la persona del nieto de Luis XIV. Una de las primeras acciones del nuevo monarca fue dirigirse a los diversos territorios hispanos para jurar sus leyes propias y recibir el acatamiento a su autoridad. Y así fue en todos los dominios del Borbón. En 1701, cuando se dirigía a tal fin a Barcelona hizo estancia en Cervera y confirmó todos los privilegios que hasta el momento había recibido de los anteriores reyes. A su regreso de la capital catalana volvió a pasar y descansar en aquella población que tan bien le había recibido un año antes. En esta ocasión, Felipe le concede el título de ciudad, un nuevo privilegio a añadir a los ya ratificados un año antes.

Cervera, felipista

La generalización de la Guerra de Sucesión en 1705, tras el bombardeo de Barcelona por la flota del Archiduque Carlos, puso en marcha las dos fidelidades. Se alinearon con los dos pretendientes al trono, así en cada lugar hubo dos partidos, uno felipista, otro austracista. Sucedió así en la Corona de Aragón y en el resto del territorio español, si bien en el primer caso triunfaron los partidarios de Carlos III, con la excepción de Cervera, Berga, Mora de Ebre entre otras. Las consecuencias de esta decisión de fidelidad al Duque de Anjou fueron funestas para el caso que nos ocupa. Cervera fue atacada y saqueada en varias ocasiones. Cabe destacar la primera de estas acometidas austracistas, la de 1706. A pesar del ofrecimiento de la población para llegar a un acuerdo, los atacantes derribaron parte de la muralla y se dieron al saqueo durante cuatro días. En otra ocasión destruyeron las huertas y talaron olivos en represalia hacia la fidelísima ciudad. Fue tal el daño infligido a sus habitantes que el cronista austracista Jose María Castellví justifica esa fidelidad al rey borbónico por los sufrimientos padecidos en estos ataques.

Un batallón de cervarienses se unió a las tropas felipistas y sabemos que participó en el asalto de Barcelona en 1714. Acabada la guerra, el Rey concedió nuevos privilegios y la construcción de una Universidad, la única en Cataluña, a su fiel comunidad.Por tanto, las dudas sobre el felipismo de Cervera son un insulto a la ciencia histórica.

 

DANIEL RUBIO RUIZ, Profesor-tutor Historia, UNED-CERVERA

 

DEL ROSER AL FOSSAR DE LES MORERES

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DEL ROSER AL FOSSAR DE LES MORERES

El «Fossar de les Moreres», situado en el barrio del Born, al lado de la basílica de Santa María del Mar de Barcelona, es otro de esos lugares emblemáticos para el nacionalismo catalán. En ese cementerio, fossar, según el relato histórico oficial, están enterrados aquellos que dieron su vida en la derrota del asedio de Barcelona por las tropas de Felipe V al final de la guerra de Sucesión en 1714. Un lugar, donde se intenta recordar el espíritu de esos «héroes nacionales» que dieron su vida por el pueblo catalán. Y para conmemorar esa derrota, que han transformado en victoria moral, se construyó la plaza en los años ochenta como monumento en memoria a los caídos en el asedio, con el suelo rojo, simbolizando la sangre vertida, y una llama siempre encendida del pebetero en honor a unos héroes anónimos. Y unos versos de Frederic Soler Pitarra acompañan el escenario:

‘Al fossar de les moreres no s’hi enterra cap traïdor;

fins perdent nostres banderes serà l’urna de l’honor’.

            No obstante, estamos ante otro de los muchos lugares creados por el relato nacionalista catalán, en pleno siglo XIX, como símbolo emocional de sus reivindicaciones como pueblo. Este lugar, ciertamente, fue un cementerio. Se trataba del cementerio perteneciente a Santa María del Mar, como todas las iglesias que disponían de uno en sus sagreras, pues era costumbre enterrar a los muertos dentro del recinto urbano, en las iglesias y a su alrededor. A partir de 1787, Carlos III prohibió esta práctica por cuestiones de salud e higiene para prevenir epidemias y demás enfermedades y obligó a situar los cementerios extramuros. Por tanto, en este fossar, como en los demás, se enterró gente, mucha. Según las excavaciones arqueológicas allí se encuentran huesos desde tiempos medievales, así como algunos posteriores, que podrían coincidir con los de 1714, pero sin datos concluyentes. Sí queda claro que allí descansan barceloneses desde varios siglos atrás y hasta décadas posteriores a la derrota en cuestión, pero no se trata de una fosa con héroes nacionales, ni mucho menos. Una de las claves es que no se ha encontrado una fosa común de tipo militar, la única acumulación de huesos es de pocos miembros y de varias épocas coincidiendo con un deposito u osario.

Por tanto, convertir este lugar en un símbolo nacional supone cierta tergiversación de la realidad, pues resulta impensable que los 5.458 muertos, según cifra el cronista Castellví, estuvieran todos allí enterrados, simplemente por cuestiones de espacio. Pero el poema de Soler Pitarra ayudó, y mucho, a crear este mito a principios del siglo XX. Un mito que debe ser desmitificado.

 

 

 

 

 

 

Y EL DECRETO DE NUEVA PLANTA NO PROHIBIÓ EL CATALÁN

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EL DECRETO DE NUEVA PLANTA Y LA LENGUA CASTELLANA

POR ÁNGEL PUERTAS

Una de las ideas más manidas es la creencia de que los Decretos de Nueva Planta, dictados por Felipe V al término de la guerra de Sucesión, suprimieron la lengua catalana.

La idea errónea parte del artículo quinto del Decreto de Nueva Planta de la Real Audiencia del Principado de Cataluña de 16 de enero de 1716, el único en el que se menciona la lengua. Reza así: “Las causas de la Real Audiencia se sustanciarán en lengua Castellana”.

Ello no implica que se sustituyera el catalán por el castellano en este alto tribunal, puesto que la lengua en la que se dictaban las sentencias por la Real Audiencia con anterioridad al Decreto de Nueva Planta era el latín. El latín no era solo el idioma del foro, sino también de la Iglesia, la Universidad y las Cortes. Durante el reinado de los Austrias latín y catalán eran cooficiales, pues en ambas lenguas se dictaban las constituciones; los documentos contables de la Diputación (y originariamente era un órgano de fiscalización de cuentas) se extendían en catalán, y los más solemnes en latín; y el catalán era la lengua escrita de las instituciones locales.

En el Archivo de la Corona de Aragón se conservan los legajos de la Real Audiencia, pero no la totalidad de sus autos, sino tan solo las sentencias, redactadas invariablemente en latín con anterioridad al Decreto de Nueva Planta. Ello no nos permite afirmar que todo el procedimiento judicial fuera seguido en lengua latina. En los autos judiciales coexistían resoluciones motivadas de los jueces y otras de puro trámite, escritos de los letrados y diligencias y documentos de distinta entidad. Es probable que las resoluciones de los integrantes del tribunal (y no solo las sentencias) vinieran dadas en latín, como lengua en la que se publicaban las normas jurídicas y en la que estudiaban los juristas en la universidad. No obstante, no es descartable que las actuaciones de menor entidad jurídica pudieran venir extendidas en catalán, la lengua popular. De hecho el artículo octavo del Decreto de Nueva Planta instituye que «…los referidos Relatores han de ser prácticos y expertos en los Negocios de Cataluña, para poder comprehender bien los processos y escrituras antiguas…», lo que permite pensar que la lengua catalana también se empleaba con anterioridad al Decreto y se aceptaba su empleo con posterioridad.

Durante años convivieron castellano y catalán (entendemos que para las actuaciones menores, pues las sentencias pasaron de dictarse en latín a castellano), como denota la propia Audiencia en 1767: «las lenguas absolutamente necesarias para esta oficina son el catalán y el castellano».

La prohibición del uso del latín se repitió por orden de 7 de junio de 1768 y de 11 de enero de 1770, lo que ilustra de una defectuosa aplicación del Decreto de Nueva Planta.

En puridad la sustitución del catalán por el castellano en la Real Audiencia y otras instancias judiciales no operó por mor del Decreto de Nueva Planta, sino por instrumentos menores y de fecha posterior.

El castellano se introdujo como lengua judicial sustituyendo al latín. Tal vez por ello, acostumbrados los profesionales del Derecho a la primacía del latín como idioma del foro, acabaran aceptando con cierta naturalidad la sustitución de dicha lengua por el castellano, y posteriormente que ésta desplazara lentamente al catalán en las actuaciones judiciales de menor entidad en las que todavía se utilizara.

El arrinconamiento progresivo del catalán operado por los Borbones no está moralmente justificado, pero la crítica a dicha política no autoriza exagerar o distorsionar los hechos.

LOS FALSOS FUEROS DE FELIPE V

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El juramento de Felipe V que Felipe V nunca juró

Millones de españoles se preguntan cómo ha sido posible que los catalanes hayan llegado a este punto de rechazo y odio a España. Se trata de un proceso de larga duración que fue puesto en marcha por Jordi Pujol y que voy a intentar explicar con un caso práctico.

Desde hace algunos años rebota sin cesar por el ciberespacio un texto al que llaman “Juramento de Felipe V” mediante el que numerosos separatistas pretenden apuntalar tres argumentos centrales de su ideario: la existencia secular de la nación catalana; la existencia ya en aquel tiempo de una Constitución catalana, siglos antes de la Pepa; y el reconocimiento de aquella nación y el juramento de aquella Constitución nada menos que por el gran enemigo de Cataluña y fundador de la dinastía hoy reinante. Mediante este texto, según se dice, la nación catalana queda demostrada y cualquier otra explicación sobra. El juramento en cuestión reza así:

La nación catalana es la reunión de los pueblos que hablan el idioma catalán. Su territorio comprende: Cataluña con los condados del Rosellón y la Cerdaña, el Reino de Valencia y el Reino de Mallorca. Los tres pueblos que forman la nación catalana tienen una constitución política propia y están federados entre sí y con el Reino de Aragón mediante ciertas condiciones que son objeto de una ley especial. Cataluña es el Estado político formado, dentro de la Confederación, por los catalanes del Principado y de los condados del Rosellón y de la Cerdaña. El Principado de Cataluña es libre e independiente”.

El texto suele presentarse acompañado de la portada de la edición de las Constitutions y altres Drets de Cathalunya dada a la imprenta en 1704 tras las Cortes celebradas por Felipe V dos años antes. Y junto a dicha imagen, el argumento de que se trataba de la Constitución catalana que evidenciaba el carácter democrático de la Cataluña de aquellos siglos y que tuvo que jurar Felipe d’Anjou para ser aceptado por los catalanes como su legítimo monarca.

Empecemos, pues, a desbrozar el camino aclarando que las Cortes catalanas de aquel tiempo eran estamentales -brazos eclesiástico, militar y real-, como las de toda la Europa del Antiguo Régimen, por lo que no tenían nada de democráticas.

En segundo lugar, el término constitutions no tiene nada que ver con la ley fundamental de un Estado, cuya primera manifestación tardaría casi un siglo en ver la luz en los Estados Unidos. Las constitutions catalanas -así, en plural, pues no era una, sino muchas- fueron las normas de todo tipo (procesales, civiles, penales, tributarias, comerciales), de aplicación en todo el Principado y dictadas por el rey con la aprobación de las Cortes. Eran de rango superior a otras fuentes legales como los capítols, los actes de cort, los usatges, los privilegis o las pragmàtiques.

Pero, regresando al famoso juramento, no es difícil darse cuenta al primer vistazo de que algunas cosas no encajan. En primer lugar, eso no es un juramento, sino una enunciación. En segundo, el anacrónico término Confederación, tan frecuente en la historiografía nacionalista, era completamente ajeno a la España del XVIII. Y, por supuesto, la identificación entre lengua y nación tendría que esperar todavía un siglo a que comenzaran a enunciarla Herder, Fichte y otros románticos alemanes. Solamente con esto debería haber bastado para haber sospechado que se trataba de un texto apócrifo. Sin embargo, ha sido y sigue siendo citado por miles de personas convencidas de una autenticidad probada precisamente por su repetición.

El problema es que ninguna de esas personas se ha tomado la molestia de comprobar la autenticidad de un texto que, como es comprensible, encaja muy bien en su discurso. El hecho de que haya sido citado en algún periódico, o incluso en alguna carta al director, es suficiente para darlo por cierto. Pero tiremos del hilo. El origen de la cita es el libro La victòria catalana de 1705 de Antoni Porta i Bergadà, editado por Pòrtic en 1984 y presentado en sociedad por el ex presidente del Parlamento de Cataluña, Heribert Barrera. Según una reseña anónima aparecida en La Vanguardia el 8 de noviembre de aquel año, Antoni Porta luchó en el frente de Lérida durante la Guerra Civil y posteriormente se ordenó sacerdote en Argentina. “¡Menudo libro y menudo historiador!”, exclamó entusiasmado el anónimo redactor al comienzo de un artículo que, tras reproducir el texto de marras, concluyó reiterando que se trataba de un libro de historia “realmente ejemplar”.

Pero Porta no se inventó nada, ya que el origen del fraude se encuentra un siglo atrás, en 1878, año en el que José Coroleu y Inglada -republicano, masón, militante de la Unió Catalanista y redactor de la ponencia sobre municipios de las Bases de Manresa- y José Pella y Forgas -conservador y militante de la Lliga Regionalista– escribieron al alimón un libro titulado Los fueros de Cataluña. En él se sacaron de la chistera una “Constitución política de Cataluña” inspirada, según ellos, en las viejas leyes catalanas pero “siguiendo MODERNAS FORMAS CONSTITUCIONALES (…) para mayor claridad del público”. No hay mejor explicación que sus propias palabras:

Con la mira de dar más gráfico relieve a los principios de derecho escrito y consuetudinario que formaban la constitución histórica del Principado, los hemos clasificado, por decirlo así, A LA MODERNA, lisonjeándonos de que nuestros lectores no tomarán a mal ESTA IMPROPIEDAD EN QUE INCURRIMOS VOLUNTARIAMENTE (…) En una palabra, los autores se han creído en la necesidad de sistematizar y presentar EN FORMA MODERNA ese conjunto de disposiciones”.

Sin embargo, los buenos de Coroleu y Pella no modificaron solamente la forma, sino también el fondo introduciendo conceptos (nación catalana, confederación) e ideas (el pancatalanismo, la lengua como elemento definidor de la nación) completamente ajenos a la legislación histórica catalana que tan falsamente pretendían estar compilando. Y, efectivamente, los artículos 1 a 3 de dicha “Constitución” consisten en el párrafo hoy anunciado como el texto que tuvo que jurar Felipe V casi dos siglos antes de haber sido escrito.

Respecto a la idolatrada “nación”, merece la pena subrayarse el hecho de que, aunque curiosamente no lo recogieron Coroleu y Pella, aparece mencionada, ciertamente, en el texto redactado en 1702, en concreto en el encabezamiento dedicado al nuevo rey:

(…) cuida ab tota solicitut del consuelo de sos vassalls, y seguritat y defensa de sa Monarchia, disposant per aquest efecte un gran Exercit, que trobantse aquest Any de 1704 dins lo Regne de Portugal, gosa nou lustre ab la presencia de tant animos y valeros Rey, que infundint major valor a las Armas Espanyolas, se espera lograràn, ab lo favor de Deu, molts felices y prosperos successos para major gloria sua y honra de la Nacio Espanyola”.

A esta primera falsificación de 1878 se añadió un siglo más tarde la sorprendente cita de Antoni Porta, aquel pedazo de historiador que, por inmenso error o inmensa voluntad de mentir, ignoró los cristalinos párrafos de Coroleu y Pella y presentó un texto inventado en 1878 como un auténtico de 1702. Y tras él, todos los engañados que lo han repetido un millón de veces en todo tipo de medios y formatos. Falsedad recurrente, verdad fehaciente.

Así se ha construido el rechazo a España y el subsiguiente sentimiento nacional catalán: con incesantes falsificaciones, mentiras y ocultaciones. He aquí sólo un ejemplo, y no sobre un asunto marginal o irrelevante. En el improbable caso de que algún separatista llegue a tener conocimiento de ello, le resbalará puesto que el cerebro humano es impermeable al razonamiento, el argumento y el documento, sobre todo cuando se encuentra cautivo de una fe nacionalista sabiamente inoculada. ¿Habrá alguien capaz de comenzar a darse cuenta de que es víctima de un gigantesco engaño llamado nacionalismo catalán? No parece probable, pues lo que cuenta es el sentimiento. Y ese sentimiento nunca será cuestionado ni aun sabiendo que ha sido provocado por patrañas como ésta.

LA REVUELTA VIGATANA ESTALLÓ POR UN MOLINO

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Si quisiéramos hacer una ucronía de la Guerra de Sucesión en Cataluña y nos pusiéramos a rastrear cuál sería el punto de divergencia ideal para cambiarlo y reconstruir un relato imaginado, nos sorprendería lo poco heroico de tal evento.

El hecho, el factor desencadenante, bien podría fecharse el 27 de agosto de 1703. Ese día el ayuntamiento de Manlleu compró la facultad de construir molinos rompiendo con el monopolio de Josep de Regàs, que por aquel entonces poseía los dos únicos molinos del pueblo. Como era de esperar Regàs no se quedó con los brazos cruzados e intentó defender sus intereses en los tribunales ante la evidente oposición de buena parte de los manlleuenses.

Al poco tiempo se fueron articulando dos bandos, uno formado por las familias Regás y Cortada, con fuertes lazos familiares con otras familias influyentes de Vic, y el otro, por los Erm y los Vila, que se posicionaron al lado de los intereses del municipio. Una trifulca durante un partido de pelota pocos meses después entre miembros de las cuatro familias enrareció aún más el ambiente, pasando a mayores cuando poco después murió asesinado uno de los criados de Regàs.

Lenta, pero inexorablemente se fueron formando dos fuerzas bandoleras similares a las que actuaron en el Principado durante el siglo XVII. Con la comarca de Vic en armas, el virrey Velasco no supo o no pudo contener ambos bandos perdiendo el control sobre el orden público.

A medida que pasaban los días, la situación fue empeorando. El 17 de marzo de 1705 los de Manlleu atacaron las posesiones de Regàs, que contraatacó con fuerzas llegadas de Vic reunidas por parientes y amigos (unos 600) llegando a atacar el pueblo.
Pese a los intentos de mediación para que ambos contendientes llegaran a un acuerdo, la situación en los llanos de Vic era explosiva, y los intentos del Virrey Velasco de llamar a Barcelona a los nobles involucrados para imponer la ley, solo consiguieron empeorar la situación dando un giro inesperado a un tumulto que se había iniciado por un asunto tan banal.

Temerosos de ser encarcelados, y lo que es peor, aterrados ante la posibilidad de ver sus bienes incautados, los nobles «vigatans» decidieron salvar sus haciendas poniéndose bajo el yugo del candidato austriaco. De cómo una reyerta bandolera entre oligarcas acabó facilitando el «levantamiento» austracista de 1705 en Cataluña es otra historia que no tiene desperdicio.

Como es lógico, el relato romántico de unos hechos tan trascendentales para la historia de Cataluña y la cruda realidad pasada distan hasta tal punto, que se hace imprescindible la difusión de un relato histórico renovado. Una historia de la Guerra de Sucesión alejada de intoxicaciones ideológicas, exenta de maniqueísmos, liberada de presentismos y por el contrario; orientada al conocimiento y explicación de nuestra realidad pasado sea cual fuere, guste o no guste, con el objetivo de entender el pasado y no en construir el futuro.

FUE EL 12 DE SEPTIEMBRE, NO EL 11

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12 de septiembre de 1714

El 11 de septiembre se conmemora la caída de Barcelona en manos de las tropas borbónicas al mando del duque de Berwick. El Parlament aprobó la Ley 12/1980 por la cual se instauraba la Fiesta Nacional de Catalunya la jornada del 11 de septiembre. Debemos preguntarnos: ¿Cayó o capituló Barcelona? ¿Realmente fue ese día?

Al mediodía del 11 de septiembre de 1714 la situación era muy complicada. Rafael de Casanova y Antonio de Villarroel estaban heridos. Había muertos y heridos por todas partes. La Junta de los 24 decidió reunirse. Antes llegaron noticias. El coronel Pablo Tohar, desde el sector de San Agustín, había batido tambor, siguiendo las órdenes de Villarroel, solicitando parlamentar con el ejército borbónico. Fue escuchado por Berwick y éste decretó un alto el fuego hasta las cinco de la tarde. Sin saberlo frustró el ataque final a la ciudad. En los alrededores de las murallas había 12.000 hombres de refresco esperando una señal para dar el golpe definitivo. Gracias a Pablo Tohar éste nunca se produjo.

La tregua finalizaría a las 17 horas. Se tenía que llegar a un acuerdo o solución. ¿Qué ocurrió? La Junta de los 24 supo que Villarroel deseaba que la ciudad se rindiera antes del anochecer o quedaría devastada. Todos concluyeron que la capitulación, en esos momentos, era la salida más honrosa.

Berwick sabía que el final estaba cerca, que si decidía dar la orden de ataque, la ciudad caería en minutos. También era conocedor de que muchas personas inocentes fallecerían,, por eso anunció que el alto el fuego se mantendría hasta la medianoche.

El ministro Verneda les comentó a los Tres Comunes que el Emperador Carlos le ofrecería a Felipe V la entrega del reino de Mallorca e Ibiza, siempre y cuando Cataluña y Mallorca conservaran sus fueros, privilegios, costumbres e inmunidades como antaño. Aquello levantó unos muy decaídos ánimos.

A las 18 horas salieron hacia el campo francés el general Jacinto Oliver, Mariano Duran, el coronel Juan Francisco Ferrer y Martin de Zubiria. Aquellos hombres comentaron cuáles eran sus condiciones para capitular. Repitieron las palabras de Verneda. Berwick no aceptó. ¿Por qué? El final de la guerra se había pactado en el Congreso de Badem. Esto no se había puesto encima de la mesa. Es más, el pacto se había firmado el 7 de septiembre. Berwick, conocedor de todo esto, no quiso negociar. Eso sí, fue indulgente y les comentó que, si capitulaban, respetaría la vida y la libertad de los sitiados. Amplió la tregua hasta las 12 del mediodía del 12 de septiembre.

Finalmente Barcelona capituló -no cayó- a las 15 horas del 12 de septiembre de 1714. En el último segundo exigieron a Berwick que en el documento de capitulación no se pusiera la frase «rendidas a discreción». Aceptó para no humillar más a la ciudad.

La Ley 12/1980 y lo que nos han explicado es un fake histórico. El final de la guerra tuvo poco de romántico y mucho de trágico por la obcecación de sus dirigentes.

LOS 11 FAKES DE LA DIADA

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Desde Historiadors de Catalunya comenzamos una campaña para desvelar los fakes de la Diada, es decir, aquellos episodios, personajes o acontecimientos históricos que a lo largo de los años, siempre desde la narración histórica nacionalista, se han venido difundiendo como ciertos y verídicos en torno al 11 de septiembre y a la Guerra de Sucesión para justificar, principalmente, sus agravios y sus reclamaciones presentadas.

Nuestro objetivo es ofrecer un relato lo más ajustado posible a la realidad de nuestro pasado, para que libremente puedan crear su propia opinión de los hechos con la intención de sacar a la luz las omisiones y las quimeras que han ido creando alrededor de este momento histórico.

Leyes contra los gitanos en las Cortes Catalanas (1701-1706)


En 1701 se reunieron por primera vez en más de un siglo las Cortes Catalanas en Barcelona convocadas por el nuevo monarca Felipe V de Borbón. Tras ciento dos años de sequía legislativa, las nuevas cortes recogieron en sus constituciones publicadas en 1704 un conjunto de leyes ajustadas a las necesidades de la oligarquía catalana de la época y consentidas por el rey.
En su capítulo 73, de forma explícita decretaba una orden de expulsión de los gitanos dando a las veguerías un plazo de tres meses para ejecutar la orden. Desde la Diputación del General o Generalitat de Cataluña se ejecutó la ley requiriendo a las diferentes veguerías su puesta en marcha, pero todo apunta a que su aplicación fue limitada.
Como decíamos, en los dietarios de la Generalitat, aparecen hasta 39 entradas que hace referencia a la comunicación de la ley a las veguerías, así como los intentos de ejecutar el requerimiento. Pero si atendemos al contenido del capitulo XVI de las Constituciones de 1706 levantadas por Carlos III de Austria, todo apunta a que la indefinición del mandato permitió que la ejecución de la orden de expulsión no se realizara en su plenitud.
Si en 1702 el contenido era muy vago, en 1706 fue terriblemente explicito. La orden de expulsión era total. De forma explicita se excluyen los asentados, los funcionarios reales, los militares, las mujeres, los niños y los ancianos. Ningún gitano y en ningún caso estaba descartado del exilio independientemente de su condición y situación personal.
Las penas especificadas para los que incumplieran la orden fueron terribles: diez años de galeras para los varones adultos y cien azotes para mujeres, ancianos y niños. Para aquellos funcionarios públicos que incumplieran esta ley se les imponía fuertes sanciones económicas.
El endurecimiento de las leyes contra los gitanos se produjo en un contexto de guerra, por un lado, y de máxima influencia en el contenido de las leyes por parte de la oligarquía catalana por el otro. Por este motivo, resulta obvio interpretar que la línea dura que apostaba por la represión del pueblo gitano era mayoritaria entre la clase dominante catalana de principios del siglo XVIII.
En cuanto a la aplicación de la ley, las entradas contenidas en los dietarios de la Generalitat indican que como mínimo se intentó, y que pese a la guerra un total de once veguerías iniciaron los procesos de expulsión según la instancia presentada el 20 de junio de 1708:
“Dimecres, a XX de juny MDCCVIII. En aquest dia, present en consistori lo magnífich Pau Corbera y Palau, síndich de la General, ha fet relació al excel·lentíssim consistori, com en virtut del recado que lo regent la Real Cancellaria, en días passats havia donat a dit síndich, reportàs al dit excel·lentíssim consistori que hera acerca la publicació del capítol 16 de las últimas Corts celebradas en la present casa, que parla de vagamundos y gitanos, si aquella se era publicada per los veguerius del present Principat. Per a què en virtut de las cridas, pogués lo Real Consell posar en execució dit capítol, y que axís li aportàs nota de las cartas que·s trobarian escritas per los veguers al excel·lentíssim consistori de haver fet publicar, en ditas sas veguerias, dit capítol y axí, en virtut de dit recado, de dit senyor regent ha posat en sa mà un paper que conté las veguerias a hont fou publicada dita constitució, y són las següents: Primo, lo veguer de Gerona als 11a de novembre 1706, escriu al excel·lentíssim consistori que ha feta publicar dita Constitució 16 en sa vegueria. Ítem, lo veguer de Tàrraga als 11 de dit mes de novembre 1706, escriu lo mateix a dit excel·lentíssim consistori. Ítem, lo veguer de Agramunt als 10 de dit mes y any, escriu lo mateix a dit excel·lentíssim consistori. Ítem, lo regint la vegueria de Berga als 11 de dit mes y any, escriu no haver-las fetas publicar per no tenir las constitucions. Ítem, la veguer de Monblanch a 7 de dit mes y any, escriu las farà publicar. Ítem, lo veguer de la Vilafranca escriu que a 15 de dit mes y any, //163v// las feu publicar. Ítem, lo sotsveguer de Igualada escriu que a 14 de dit mes y any, las feu publicar. Ítem lo veguer de Tortosa ab carta de 20 de dit mes y any, escriu que ja las ha fetas publicar. Ítem, lo regint la vegueria de Balaguer ab carta de 24 de dit mes y any, escriu que ja té publicat dit capítol. Ítem, y finalment lo sotsveguer de Pallàs ab carta de 28 de octubre de dit any 1706, escriu que ja té fet publicar dit capítol.”
Dietaris de la Generalitat, vol X, páginas 906-907
Sería interesante el estudio en fuentes locales para conocer hasta qué punto se ejecutaron las directrices de la Generalitat en las once veguerías que afirmaron estar poniendo en práctica el capítulo XVI de las Constituciones de 1706 para conocer con certeza el alcance del plan de destierro colectivo.
A falta de conocer el alcance real de las leyes anti-gitanas emitidas por las Cortes Catalanas y supervisadas por la Generalitat los primeros indicios apuntan cuanto menos al intento de expulsión de todo el colectivo y su imposibilidad de permanecer en Cataluña aun en los casos de asentamiento e integración.

¿Cataluña no era España antes de 1714?

Durante mucho tiempo ciertos historiadores, periodistas y políticos han insistido en afirmar que Cataluña antes de 1714 era un estado independiente, y que España no existía ni como entidad política ni como entidad espiritual o cultural, sino que era un concepto meramente geográfico. El estudio de la historia y de muchos documentos nos dicen, sin embargo, que la realidad es muy diferente. Aunque el título oficial de los monarcas hispánicos era “reyes de Castilla, León, Aragón, Valencia, condes de Barcelona, etc”, numerosos documentos, impresos y monedas certifican que ya desde finales del siglo XV a esta entidad política se la denominaba España (o Españas como se decía entonces). Y tanto los habitantes de estos territorios fuesen castellanos, catalanes o aragoneses, como muchos políticos y cronistas extranjeros no dudaban que España existía como sujeto político a todos los efectos. Como muestra solo daremos algunos ejemplos.

Cuando Colón volvió de su primer viaje a América a principios de 1493 escribió su famosa carta, que hizo imprimir, en la que anunciaba al mundo su gesta. Pues bien, en el preludio se hablaba del rey Fernando el Católico como “Ferdinandi Hispaniarum Regis” (Fernando, rey de las Españas). En 1585 los dirigentes municipales de Perpiñán, en la actual Cataluña francesa, escribieron a las cortes de Monzón diciendo que “Entre les moltes províncies compreses en los regnes de Spanya esta província del comtat del Rosselló y la terra de Conflent (…) en la qual són més necessàries que en tot lo restant de Espanya, ço és en Perpinyà, frontera de Françadita vila, la qual és la primera de Espanya”. Si España era una mera idea geográfica equivalente a la Península Ibérica … ¿Cómo podían afirmar los síndicos que Perpiñán era la primera ciudad de España, si ésta se encuentra al Norte de los Pirineos? Está claro que para los perpiñaneses España era un sujeto político del que se consideraban integrantes.

En 1600 el jesuita de Reus Pere Gil escribió la obra “Història natural de Catalunya”, en la que al empezar afirmaba: “per ser sols la nostra intenció de escriurer las cosas de Cathalunya, la qual com sia provincia de Espanya…”. O sea, este erudito catalán consideraba que el Principado era una provincia de España. ¿Cómo podría haber afirmado eso si Cataluña hubiese sido un país independiente y ajeno al conjunto político hispánico? Más. En la Cataluña previa a 1714 ya se publicaban libros en castellano y en algunos de ellos se hablaba del rey de España, no del rey de Castilla y Aragón. Por ejemplo, en 1625 se imprimió en Barcelona, en la imprenta de Sebastián de Cornellas el libro “Historia de la vida y hechos del emperador Carlos V, máximo, fortíssimo, rey cathólico de España y de las Indias, Islas y tierra firme del Mar Océano”.

Hay otro aspecto importantísimo y a menudo pasa desapercibido. Se trata de las leyendas que figuran en las monedas que acuñaban estos monarcas y que circulaban por sus territorios. Pues bien, resulta que algunas de ellas se fabricaron en Barcelona, lo que sería inimaginable si el Principado hubiese sido un estado soberano desvinculado de la corona española. Por ejemplo, en 1596 se acuñó en la ciudad Condal una moneda de ½ cruzado, tipo 35. Se puede leer la leyenda HISPANIAR(VM) en una cara e HISPANIA en la otra. Más ejemplos: monedas de 2 reales, tipo 5, acuñadas en Barcelona entre 1707 y 1714. En el anverso se ve el escudo de la monarquía española (armas de Castilla, León, Aragón, etc) con la leyenda CAROLVS III D.G. (DEO GRATIA) y en el reverso HISPANIARVM REX 1707. Y por falta de espacio no seguimos más, pero los ejemplos son incontables, inacabables e irrefutables.

Real de Carles III. 1707

El barón de Maldà. Un caso de falsificación de la historia

En las siguientes líneas expondré un caso de distorsión de la historia relativo al barón de Maldà, convertido por algunos sectores en muestra de un incipiente malestar catalanista a fines del siglo XVIII.

El aristócrata recogió en un extensísimo dietario de sus vivencias personales y los avatares sociales, y entre ellos la invasión del norte de Cataluña por tropas francesas durante la guerra de la Convención (1793-1795). El diario es comentado por nuestro contemporáneo Vicenç Pascual en El Baró de Maldà. Materials per a una biografia .

Así trascribe Pascual un fragmento del diario del barón: “los somatenes han de ir de una parte a otra de Cataluña para luchar contra los franceses y [que] comienzan a sentir repugnancia de hacerlo a causa de los maltratos que reciben de las tropas españolas” .
Sin embargo, en el dietario original podemos leer: “y el caso es que comienzan a repugnar el ir, por los maltratos que allí experimentan de algunos bárbaros castellanos” . Que no es lo mismo. Maltratos relativamente frecuentes en una época en la que en la soldadesca abundaban los vagabundos, aventureros y presidiarios.

El imponente castillo de San Fernando en Figueras guardaba las puertas de entrada a España. Su rendición sorpresiva y sin lucha despertó la indignación de la población, que atribuyó la rendición a la traición (y no al pavor, a la que efectivamente se debió).
Pascual afirma que el barón dice que “muchos oficiales castellanos se han portado peor que los franceses y que hay muchísimas peleas entre los oficiales castellanos y los paisanos, seguidas de enfrentamientos entre catalanes y castellanos en la Ciudadela. También añade que algunos paisanos atacan a los `blanquillos´, es decir, los soldados españoles, que iban vestidos con uniforme blanco (…) La desmovilización del somatén y la creación de partidas armadas de lucha individual contra los franceses serán la respuesta de la población de Cataluña a lo que considera la despreocupación del Estado español por la invasión que sufre el Principado. El sentimiento de rechazo que todos estos acontecimientos despertaron contra los españoles se recoge en el dietario, y parece que el mismo Barón abandona su lealtad y confianza en el Estado…” .

Pero el dietario original del 1-12-1794 dice lo siguiente: “habiéndose confirmada ayer por la tarde la funesta noticia de quedar los franceses amos de la respetable fortaleza de San Fernando, de la villa de Figueras, por la depravada conducta de la tropa castellana y de sus oficiales, siendo el jefe general el marqués de las Amarillas, habiéndolos dejado entrar, según se dice, sin disparar ningún cañonazo, por consiguiente con peligros inminentes nuestra provincia de Cataluña de una invasión de franceses hasta la capital, habiendo sido infieles al rey y a la patria estos oficiales castellanos; no sé si han traído tanto mal o más que los franceses en esta cruel guerra (…); de resulta de una fortísima riña entre oficiales castellanos, que debió ocurrir movida con los paisanos en el café luego de acabada la ópera o comedia, cerrando el Teatro a media comedia u ópera (…). La pelea de castellanos con catalanes comenzó, según algunas voces, en la Ciudadela ayer por la tarde, cuando a dos soldados blanquillos un paisano los empujó en el foso; debiendo después suceder el otro alboroto peor en el café, irritados los paisanos contra los militares castellanos”.
Dos días después el barón explica que al parecer el gobernador de la fortaleza de San Fernando fue sobornado por los franceses para entregar la plaza, engañando a la tropa española que la guarecía. Como vemos el barón no habla ni de “muchísimas peleas entre catalanes y castellanos”, sino de una fortísima riña en el Teatro y de otra pelea en el foso de la Ciudadela.

El reproche contra los oficiales castellanos no es por rapacidad ni crueldad contra la población catalana, sino por rendir la fortaleza de Figueras sin luchar, es decir, por lo que creyeron traición al rey y a la patria, que no puede ser otra que la común España. Por otra parte la oficialidad que rindió el fuerte procedía de toda España, incluyendo Cataluña.
Que el barón no efectuaba reproche alguno al reino de España por indolencia, inquina o despreocupación se desprende de otras páginas del diario. Así, en sucesivos días relata el recibimiento por el pueblo de Madrid de los comisionados catalanes “con muchos vivas y aclamaciones”, las levas hechas por el rey con andaluces y portugueses para defender Cataluña, la exención de quintas y levas a los catalanes, y la entrega por el rey de un millón de duros a la ciudad de Barcelona para armarse. El barón recoge el 12-7-1795 que “es grande el número de quintos valencianos, murcianos y andaluces que pasan por esta capital, en derechura al ejército, y enamora en verdad la buena disposición que se nota en dichos quintos, superior a la de otros que han pasado en varias ocasiones, lo que anima más nuestras almas” .

Dejo al lector la conclusión. ¿La ideología nacionalista conduce a manipular la historia a conciencia o la conciencia nacionalista conduce a distorsionar la percepción para que sea coherente con un sentir atribulado y victimista?